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Alarmas/CCTVDisponible

15 Control de comunicación de contratos

El contrato entra en vigor 3 días después de presentarlo, no antes

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Tus contratos y sus fechas de entrada en vigor.
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Lo que cuesta hoy
Hoy: 20-40 min cada uno, y no hacerlo es infracción grave

Alternativa gratuita hoy: segurpri: es un buzón, no controla plazos ni archiva. De pago: nada específico.

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Seis contratos de un mes, con dos comunicados tarde

Ejemplo real generado con el mismo motor que sirve a los clientes. Los contratos son inventados. Están puestos para que se vean los cuatro casos: uno a tiempo, uno comunicado con dos días en vez de tres, uno comunicado después de empezar el servicio, uno sin comunicar y con el plazo pasado, uno con la Administración y uno acogido a la urgencia del art. 20.3.

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Con sus advertencias y sus fuentes

Sale terminado y cerrado

# Comunicación de contratos de servicio

A 2026-09-03 · 6 contratos · antelación mínima de 3 días (art. 20.1)

| Contrato | Cliente | Inicio | Límite | Comunicado | |
|---|---|---|---|---|---|
| C-2026-113 | Farmacia Nieto | 2026-09-10 | 2026-09-07 | 2026-09-08 | **Tarde** |
| C-2026-114 | Centro Comercial El Faro | 2026-08-01 | 2026-07-29 | 2026-08-10 | **Tarde** |
| C-2026-115 | Nave Aguilar | 2026-08-25 | 2026-08-22 | — | **Sin comunicar** |
| C-2026-116 | Ayuntamiento de Molina de Segura | 2026-09-15 | 2026-09-12 | — | Pendiente |
| C-2026-117 | Gasolinera El Puente | 2026-08-14 | 2026-08-11 | — | Urgencia art. 20.3 |
| C-2026-112 | Joyería Vega | 2026-09-20 | 2026-09-17 | 2026-09-01 | A tiempo |

## Uno a uno

- **C-2026-112 — Joyería Vega.** Comunicado el 2026-09-01, con 19 días de antelación.
- **C-2026-113 — Farmacia Nieto.** Comunicado el 2026-09-08, con 2 días de antelación en vez de los 3 exigidos. 1 día tarde.
- **C-2026-114 — Centro Comercial El Faro.** Comunicado el 2026-08-10, después de que empezara el servicio el 2026-08-01. Es justo el supuesto que nombra el art. 57.2.e.
- **C-2026-115 — Nave Aguilar.** Sin comunicar, y el límite era el 2026-08-22. Si el servicio ha empezado, la comunicación ya llega tarde.
- **C-2026-116 — Ayuntamiento de Molina de Segura.** Sin comunicar todavía. Quedan 9 días para el límite del 2026-09-12. Al ser contrato con una Administración, si todavía no está formalizado vale aportar copia de la oferta con la misma antelación (art. 20.2).
- **C-2026-117 — Gasolinera El Puente.** Declarado como urgencia del art. 20.3: la comunicación va antes de empezar por el medio más rápido, y el contrato se formaliza dentro de las 72 horas siguientes al inicio. Eso no lo podemos comprobar nosotros.

## A qué expone

**Infracción grave** — Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, art. 57.2.e. Sanción de 3.001 a 30.000 €, art. 61.2.a.

> «La prestación de servicios de seguridad privada sin comunicar correctamente los correspondientes contratos al Ministerio del Interior o al órgano autonómico competente, o en los casos en que la comunicación se haya producido con posterioridad al inicio del servicio.»

## Advertencias

- Cuando circunstancias excepcionales de robo, incendio, daños, catástrofes, conflictos sociales, averías de los sistemas de seguridad u otras causas de análoga gravedad o de extraordinaria urgencia hicieran necesaria la prestación inmediata de un servicio cuya organización previa hubiera sido objetivamente imposible, se comunicarán por el procedimiento más rápido disponible, antes de comenzar la prestación, los datos del apartado 1, indicando las causas de la urgencia, y la empresa queda obligada a formalizar el contrato dentro de las setenta y dos horas siguientes a la iniciación del servicio.
- Los que están «a tiempo pero sin comunicar» dependen de que se comuniquen antes del límite. El plazo se cuenta contra el inicio del servicio, no contra la firma.
- Los contratos permanecerán en las sedes de las empresas de seguridad a disposición de los órganos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad competentes en materia de inspección y control, durante un plazo de cinco años desde la finalización del servicio objeto del contrato.

> Comprobamos las fechas que nos has dado contra el plazo del reglamento. No comprobamos que la comunicación se hiciera en el formato aprobado ni ante la dependencia correcta, que también lo exige el artículo 20.