02 Licencias y requerimientos municipales
Qué trámite toca, qué documentación lleva y contestación al requerimiento
- Le das
- Municipio, provincia, tipo de obra, presupuesto de ejecución material, si el edificio está catalogado y, si lo hay, el texto del requerimiento.
- Te da
- Qué trámite corresponde ahí, qué documentación lleva, tasa, ICIO, plazo y silencio, cada uno con su artículo y enlace; y el borrador de contestación al requerimiento. La primera consulta en cada municipio lleva el acceso a su estudio, 33 €; ese municipio se queda en tu base y las siguientes van a 7 € cada una.
- Precio
- 7 € por expediente · sin IVA
Sin cuota mensual y sin permanencia. Se descuenta del saldo que hayas recargado, y el ejemplo se descarga sin pagar nada. El IVA se añade al recargar, no aquí.
- Lo que cuesta hoy
- Hoy: llamar al ayuntamiento y leerse la ordenanza
Alternativa gratuita hoy: nada. De pago: entidades colaboradoras urbanísticas, con tarifa.
Míralo antes de decidir
Requerimiento del ayuntamiento por una reforma
Ejemplo real generado con el mismo motor que sirve a los clientes. Villaejemplo del Río no existe. Es un municipio inventado, con ordenanzas inventadas, para que se vea el formato antes de comprar: no podíamos enseñar las de un ayuntamiento real hasta tenerlas comprobadas una a una. Lo que sí es real y va con su enlace al BOE es lo estatal que cita el documento: el tope del 4 % del ICIO, cómo se calcula la base imponible y los plazos. Con tu municipio de verdad, el motor lee sus ordenanzas en la sede, comprueba que cada cita está en el documento oficial, y si no la encuentra te devuelve el dinero en vez de entregarte algo a medias. En la contestación al requerimiento, lo que va entre [PENDIENTE] lo decide y lo firma el arquitecto.
# Consulta de licencia de obra — Villaejemplo del Río (Murcia) Obra: Reforma de baño y cocina en una vivienda, sin tocar estructura ni fachada. Presupuesto de ejecución material: 18.500,00 €. ## Qué trámite toca **Declaración responsable.** Obras en el interior de viviendas y locales que no afecten a la estructura, a la fachada ni a la distribución de los elementos comunes La ordenanza tiene otras reglas que podrían alcanzar a esta obra según cómo sea: - Licencia de obra menor: Obras en edificios incluidos en el catálogo de protección o situados en el ámbito del casco histórico (si el edificio está catalogado o está en el casco histórico) — art. 9.2. Con este trámite la obra puede empezar desde el día de la presentación (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, art. 69.3). Una inexactitud esencial en lo declarado obliga a parar (art. 69.4). ## Qué documentación lleva - Impreso normalizado de declaración responsable, firmado por el promotor - Presupuesto detallado por partidas, con medición y precios unitarios - Plano de situación y emplazamiento sobre cartografía municipal - Descripción escrita de las obras y fotografías del estado actual - Justificante del pago de la tasa y de la autoliquidación del ICIO - Estudio de gestión de residuos y justificante del depósito de la garantía ## Cuánto cuesta **Tasa por licencia urbanística:** **203,50 €** — Cuota por tramos según el presupuesto de ejecución material, con una cuota mínima de 45 euros (Ordenanza fiscal n.º 7, reguladora de la tasa por licencias urbanísticas, art. 6.1). **ICIO:** **592,00 €** — 3,20 % sobre el presupuesto de ejecución material (Ordenanza fiscal n.º 4, reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, art. 4). Bonificaciones del ICIO que recoge la ordenanza (se piden, no se aplican solas): - Obras que incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar — hasta el 50,00 % (art. 5.b). - Obras que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de las personas con discapacidad — hasta el 90,00 % (art. 5.c). **Fianza o garantía:** **185,00 €** — Garantía por la correcta gestión de los residuos de construcción y demolición: el 1 % del presupuesto de ejecución material, con un mínimo de 150 euros (Ordenanza municipal reguladora de la tramitación de licencias urbanísticas y declaraciones responsables, art. 14.3). **Total estimado: 980,50 €**, antes de bonificaciones. La base del ICIO es el coste de ejecución material, sin IVA, sin honorarios ni beneficio del contratista (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, art. 102.1). El tipo no puede pasar del 4 % (art. 102.3). ## Plazos y silencio Resolución: Un mes desde la presentación de la solicitud completa. Silencio: positivo. (Ordenanza municipal reguladora de la tramitación de licencias urbanísticas y declaraciones responsables, art. 11.1.) ## De dónde sale - Ordenanza municipal reguladora de la tramitación de licencias urbanísticas y declaraciones responsables, 12 de marzo de 2024 (Boletín Oficial de la Provincia): https://sede.villaejemplo.example/ordenanzas/licencias-urbanisticas.pdf - Ordenanza fiscal n.º 7, reguladora de la tasa por licencias urbanísticas, 28 de diciembre de 2025 (Boletín Oficial de la Provincia): https://sede.villaejemplo.example/ordenanzas/fiscal-07-tasa-urbanistica.pdf - Ordenanza fiscal n.º 4, reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, 28 de diciembre de 2025 (Boletín Oficial de la Provincia): https://sede.villaejemplo.example/ordenanzas/fiscal-04-icio.pdf - Sede del ayuntamiento: https://sede.villaejemplo.example/ Estas ordenanzas no constan comprobadas contra su fuente oficial, así que este documento no sirve para presentar: confírmalo todo en la sede del ayuntamiento. --- # Contestación al requerimiento Al Ayuntamiento de Villaejemplo del Río. Expediente: [PENDIENTE: número de expediente que figura en el requerimiento] ## Requerimiento recibido Examinada la declaración responsable presentada con fecha 12 de agosto de 2026 para la reforma de baño y cocina en la vivienda sita en Calle Mayor 3, se requiere al interesado para que en el plazo de diez días hábiles aporte presupuesto detallado por partidas con medición y precios unitarios, así como plano de situación sobre cartografía municipal, con la advertencia de que, de no hacerlo, se le tendrá por desistido de su petición. ## Contestación Según la ordenanza municipal, a la obra descrita le corresponde el trámite de **Declaración responsable** (Obras en el interior de viviendas y locales que no afecten a la estructura, a la fachada ni a la distribución de los elementos comunes). Dicho encuadre resulta del art. 7.1.a de la Ordenanza municipal reguladora de la tramitación de licencias urbanísticas y declaraciones responsables, conforme al cual «quedan sujetas al régimen de declaración responsable las obras en el interior de viviendas y locales que no afecten a la estructura, a la fachada ni a la distribución de los elementos comunes del edificio». Los dos documentos requeridos —presupuesto detallado por partidas, con medición y precios unitarios, y plano de situación y emplazamiento sobre cartografía municipal— figuran entre los exigidos para este trámite por el art. 7.3 de la citada Ordenanza, por lo que el requerimiento se atiende en los términos que a continuación se detallan: 1. **Presupuesto detallado por partidas, con medición y precios unitarios** (art. 7.3): [PENDIENTE: indicar si se aporta, con identificación del documento y su fecha, o justificar motivadamente por qué no procede]. 2. **Plano de situación y emplazamiento sobre cartografía municipal** (art. 7.3): [PENDIENTE: indicar si se aporta, con identificación del documento y su fecha, o justificar motivadamente por qué no procede]. En cuanto a las obligaciones tributarias asociadas, la tasa por licencias urbanísticas se rige por el art. 6.1 de la Ordenanza fiscal n.º 7, con cuota por tramos según el presupuesto de ejecución material y cuota mínima de 45 euros, resultando un importe de 203,50 euros; y el ICIO se rige por el art. 4 de la Ordenanza fiscal n.º 4, al tipo del 3,20 % sobre el presupuesto de ejecución material, resultando un importe de 592,00 euros. [PENDIENTE: confirmar el presupuesto de ejecución material de la obra y, en su caso, la procedencia de alguna de las bonificaciones de los arts. 5.b y 5.c de la Ordenanza fiscal n.º 4]. Se hace constar que, conforme al art. 11.1 de la Ordenanza municipal reguladora de la tramitación de licencias urbanísticas y declaraciones responsables, el plazo de resolución es de un mes desde la presentación de la solicitud completa, con sentido positivo del silencio. Documentación que se acompaña: - Impreso normalizado de declaración responsable, firmado por el promotor: [PENDIENTE: aportado / no procede porque…] - Presupuesto detallado por partidas, con medición y precios unitarios: [PENDIENTE: aportado / no procede porque…] - Plano de situación y emplazamiento sobre cartografía municipal: [PENDIENTE: aportado / no procede porque…] - Descripción escrita de las obras y fotografías del estado actual: [PENDIENTE: aportado / no procede porque…] - Justificante del pago de la tasa y de la autoliquidación del ICIO: [PENDIENTE: aportado / no procede porque…] - Estudio de gestión de residuos y justificante del depósito de la garantía: [PENDIENTE: aportado / no procede porque…] [PENDIENTE: lugar, fecha y firma del técnico]