Alarmas/CCTVDisponible
28 Documentación RGPD de videovigilancia
Lo de la AEPD, pero para toda tu cartera de golpe
- Le das
- Los datos de tus clientes y de sus instalaciones, pegados de tu propia ficha: quién es el responsable, dónde está el local y qué cámaras hay.
- Te da
- Por cada cliente: el cartel de zona videovigilada relleno, la información en capas, el registro de actividades de tratamiento y la cláusula de encargado que te toca a ti como mantenedor, con su artículo.
- Precio
- 2 € por cliente · sin IVA
Sin cuota mensual y sin permanencia. Se descuenta del saldo que hayas recargado, y el ejemplo se descarga sin pagar nada. El IVA se añade al recargar, no aquí.
- Lo que cuesta hoy
- Hoy: 20-40 minutos por cliente en la herramienta de la AEPD, uno a uno
Alternativa gratuita hoy: facilita rgpd de la aepd: gratis, oficial y muy bueno, pero cliente a cliente y solo para riesgo mínimo. De pago: consultoras lopd 30-150 €/mes.
Míralo antes de decidir
Tres clientes de una cartera, en una sola pasada
Ejemplo real generado con el mismo motor que sirve a los clientes. Los tres clientes son inventados. Se cobra una unidad por cada uno, que es como se publica el precio.
# Documentación de videovigilancia **Responsable:** Talleres Aranda S.L. · B73444444 **Instalación:** Polígono Oeste, nave 14, Alcantarilla · 6 cámaras **Instalada y mantenida por:** Seguridad Vega S.L. · B73999999 > Uno de los 3 juegos de esta pasada. Cada cliente lleva el suyo con sus datos. ## 1. Cartel de zona videovigilada Va en **cada acceso**, en sitio bien visible y antes de entrar en la zona grabada. > ### ZONA VIDEOVIGILADA > **Responsable:** Talleres Aranda S.L. · B73444444 > **Finalidad:** seguridad de personas, bienes e instalaciones > **Derechos:** acceso, rectificación, supresión, limitación y oposición > **Cómo ejercerlos:** gerencia@talleresaranda.example > **Más información:** [PENDIENTE: dirección de internet o código de conexión a la hoja del punto 2] Con eso se entiende cumplido el deber de información. La hoja completa del punto 2 tiene que estar disponible para quien la pida. ## 2. Información completa | | | |---|---| | Responsable | Talleres Aranda S.L. · B73444444 · Polígono Oeste, nave 14, Alcantarilla | | Finalidad | Preservar la seguridad de las personas, los bienes y las instalaciones | | Base jurídica | Interés legítimo del responsable, y en el ámbito laboral el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores | | Conservación | Un mes desde la captación, salvo que haya que conservar imágenes para acreditar actos contra la integridad de personas, bienes o instalaciones | | Destinatarios | Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y juzgados, cuando lo pidan en el ejercicio de sus funciones | | Encargado del tratamiento | Seguridad Vega S.L., para el mantenimiento del sistema | | Derechos | Acceso, rectificación, supresión, limitación y oposición ante gerencia@talleresaranda.example, y reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos | ## 3. Registro de actividades de tratamiento | | | |---|---| | Tratamiento | Videovigilancia | | Responsable | Talleres Aranda S.L. | | Categorías de interesados | Trabajadores, clientes, proveedores y visitantes | | Categorías de datos | Imágenes | | Plazo de supresión | Un mes | | Medidas de seguridad | [PENDIENTE: control de acceso al grabador, contraseña propia por usuario y registro de accesos] | ## 4. Cláusula de encargado Seguridad Vega S.L. accede a las imágenes para mantener el sistema, así que es **encargado del tratamiento** de Talleres Aranda S.L.. El tratamiento por el encargado tiene que regirse por un contrato, y esta es la cláusula: > Seguridad Vega S.L. tratará las imágenes únicamente para el mantenimiento del sistema y siguiendo instrucciones del responsable; no las cederá a terceros ni las usará para ningún fin propio; guardará secreto también después de terminar el contrato; aplicará las medidas de seguridad acordadas; y al terminar devolverá o suprimirá los accesos y cualquier copia que tuviera. | | Nombre | Firma | Fecha | |---|---|---|---| | Responsable | Talleres Aranda S.L. | ______________ | __________ | | Encargado | Seguridad Vega S.L. | ______________ | __________ | Sin esta cláusula firmada, cada visita técnica en la que se mira el grabador es un tratamiento sin contrato. ## 5. Lo que este documento no resuelve - **Hay trabajadores delante de las cámaras.** Falta la comunicación previa a la plantilla y a sus representantes, y el veredicto de qué cámara puede estar dónde. - Si el sistema se conecta a una central receptora o a un centro de control, cambia quién puede instalarlo y mantenerlo. - Si hay audio, vía pública o observación sistemática a gran escala de una zona de acceso público, hace falta una evaluación de impacto y esto no basta. --- # Documentación de videovigilancia **Responsable:** Comunidad de Propietarios Río Segura 22 · H30111111 **Instalación:** Avenida del Río 22, Murcia · 3 cámaras **Instalada y mantenida por:** Seguridad Vega S.L. · B73999999 > Uno de los 3 juegos de esta pasada. Cada cliente lleva el suyo con sus datos. ## 1. Cartel de zona videovigilada Va en **cada acceso**, en sitio bien visible y antes de entrar en la zona grabada. > ### ZONA VIDEOVIGILADA > **Responsable:** Comunidad de Propietarios Río Segura 22 · H30111111 > **Finalidad:** seguridad de personas, bienes e instalaciones > **Derechos:** acceso, rectificación, supresión, limitación y oposición > **Cómo ejercerlos:** presidencia@riosegura22.example > **Más información:** [PENDIENTE: dirección de internet o código de conexión a la hoja del punto 2] Con eso se entiende cumplido el deber de información. La hoja completa del punto 2 tiene que estar disponible para quien la pida. ## 2. Información completa | | | |---|---| | Responsable | Comunidad de Propietarios Río Segura 22 · H30111111 · Avenida del Río 22, Murcia | | Finalidad | Preservar la seguridad de las personas, los bienes y las instalaciones | | Base jurídica | Interés legítimo del responsable | | Conservación | Un mes desde la captación, salvo que haya que conservar imágenes para acreditar actos contra la integridad de personas, bienes o instalaciones | | Destinatarios | Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y juzgados, cuando lo pidan en el ejercicio de sus funciones | | Encargado del tratamiento | Seguridad Vega S.L., para el mantenimiento del sistema | | Derechos | Acceso, rectificación, supresión, limitación y oposición ante presidencia@riosegura22.example, y reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos | ## 3. Registro de actividades de tratamiento | | | |---|---| | Tratamiento | Videovigilancia | | Responsable | Comunidad de Propietarios Río Segura 22 | | Categorías de interesados | Clientes, proveedores y visitantes | | Categorías de datos | Imágenes | | Plazo de supresión | Un mes | | Medidas de seguridad | [PENDIENTE: control de acceso al grabador, contraseña propia por usuario y registro de accesos] | ## 4. Cláusula de encargado Seguridad Vega S.L. accede a las imágenes para mantener el sistema, así que es **encargado del tratamiento** de Comunidad de Propietarios Río Segura 22. El tratamiento por el encargado tiene que regirse por un contrato, y esta es la cláusula: > Seguridad Vega S.L. tratará las imágenes únicamente para el mantenimiento del sistema y siguiendo instrucciones del responsable; no las cederá a terceros ni las usará para ningún fin propio; guardará secreto también después de terminar el contrato; aplicará las medidas de seguridad acordadas; y al terminar devolverá o suprimirá los accesos y cualquier copia que tuviera. | | Nombre | Firma | Fecha | |---|---|---|---| | Responsable | Comunidad de Propietarios Río Segura 22 | ______________ | __________ | | Encargado | Seguridad Vega S.L. | ______________ | __________ | Sin esta cláusula firmada, cada visita técnica en la que se mira el grabador es un tratamiento sin contrato. ## 5. Lo que este documento no resuelve - Si el sistema se conecta a una central receptora o a un centro de control, cambia quién puede instalarlo y mantenerlo. - Si hay audio, vía pública o observación sistemática a gran escala de una zona de acceso público, hace falta una evaluación de impacto y esto no basta. --- # Documentación de videovigilancia **Responsable:** Bar El Rincón · B30222222 **Instalación:** Plaza Mayor 1, Molina de Segura · 2 cámaras **Instalada y mantenida por:** Seguridad Vega S.L. · B73999999 > Uno de los 3 juegos de esta pasada. Cada cliente lleva el suyo con sus datos. ## 1. Cartel de zona videovigilada Va en **cada acceso**, en sitio bien visible y antes de entrar en la zona grabada. > ### ZONA VIDEOVIGILADA > **Responsable:** Bar El Rincón · B30222222 > **Finalidad:** seguridad de personas, bienes e instalaciones > **Derechos:** acceso, rectificación, supresión, limitación y oposición > **Cómo ejercerlos:** [PENDIENTE: correo o dirección del responsable] > **Más información:** [PENDIENTE: dirección de internet o código de conexión a la hoja del punto 2] Con eso se entiende cumplido el deber de información. La hoja completa del punto 2 tiene que estar disponible para quien la pida. ## 2. Información completa | | | |---|---| | Responsable | Bar El Rincón · B30222222 · Plaza Mayor 1, Molina de Segura | | Finalidad | Preservar la seguridad de las personas, los bienes y las instalaciones | | Base jurídica | Interés legítimo del responsable, y en el ámbito laboral el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores | | Conservación | Un mes desde la captación, salvo que haya que conservar imágenes para acreditar actos contra la integridad de personas, bienes o instalaciones | | Destinatarios | Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y juzgados, cuando lo pidan en el ejercicio de sus funciones | | Encargado del tratamiento | Seguridad Vega S.L., para el mantenimiento del sistema | | Derechos | Acceso, rectificación, supresión, limitación y oposición ante [PENDIENTE: correo o dirección del responsable], y reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos | ## 3. Registro de actividades de tratamiento | | | |---|---| | Tratamiento | Videovigilancia | | Responsable | Bar El Rincón | | Categorías de interesados | Trabajadores, clientes, proveedores y visitantes | | Categorías de datos | Imágenes | | Plazo de supresión | Un mes | | Medidas de seguridad | [PENDIENTE: control de acceso al grabador, contraseña propia por usuario y registro de accesos] | ## 4. Cláusula de encargado Seguridad Vega S.L. accede a las imágenes para mantener el sistema, así que es **encargado del tratamiento** de Bar El Rincón. El tratamiento por el encargado tiene que regirse por un contrato, y esta es la cláusula: > Seguridad Vega S.L. tratará las imágenes únicamente para el mantenimiento del sistema y siguiendo instrucciones del responsable; no las cederá a terceros ni las usará para ningún fin propio; guardará secreto también después de terminar el contrato; aplicará las medidas de seguridad acordadas; y al terminar devolverá o suprimirá los accesos y cualquier copia que tuviera. | | Nombre | Firma | Fecha | |---|---|---|---| | Responsable | Bar El Rincón | ______________ | __________ | | Encargado | Seguridad Vega S.L. | ______________ | __________ | Sin esta cláusula firmada, cada visita técnica en la que se mira el grabador es un tratamiento sin contrato. ## 5. Lo que este documento no resuelve - **Hay trabajadores delante de las cámaras.** Falta la comunicación previa a la plantilla y a sus representantes, y el veredicto de qué cámara puede estar dónde. - Si el sistema se conecta a una central receptora o a un centro de control, cambia quién puede instalarlo y mantenerlo. - Si hay audio, vía pública o observación sistemática a gran escala de una zona de acceso público, hace falta una evaluación de impacto y esto no basta.